Abogado de Lesiones en Restaurantes y Cocinas Restaurantes y cocinas.
Quemaduras, cortadas, resbalones en pisos mojados y horas de pie. Si te pasó en la cocina, está cubierto, aunque trabajes medio tiempo o te paguen en efectivo.
Aunque te paguen en efectivo o por debajo del agua, la ley de compensación laboral te protege.
Restaurantes y cocinas: lo que peleamos
Somos abogados de lesiones en restaurantes y cocinas que hablan tu idioma y conocen a la raza del Sur de California. La consulta es gratis y si no ganamos, no pagas ni un centavo.
- Quemaduras con aceite y planchas
- Cortadas con cuchillos y rebanadoras
- Resbalones en la cocina
- Lesiones de pies, rodillas y espalda
- Muñecas por movimientos repetitivos
- Cargar cajas y garrafones
Tus derechos en California
- Atención médicaDoctor, terapias, medicinas y cirugías pagadas por la aseguranza del patrón. No por ti.
- Pagos mientras te aliviasSi el doctor dice que no puedes chambear, por lo general recibes como dos terceras partes de tu sueldo (con límites).
- Incapacidad permanenteSi te queda una lesión que no se quita, te toca un pago extra por eso.
- Ayuda para volver a chambearSi ya no puedes hacer tu trabajo de antes, puede haber un vale para estudiar o aprender otro oficio.
Qué hacer ahorita
- 1
Avísale al gerente
Por escrito o por mensaje. Dentro de 30 días.
- 2
Pide la DWC-1
Para abrir tu reclamo.
- 3
Ve al doctor
Las quemaduras y cortadas se infectan si no se atienden bien.
- 4
Márcanos
Si te dicen que no estás cubierto o que te cortan las horas.
Preguntas de la raza
Trabajo medio tiempo. ¿Estoy cubierto?
Sí. No importa cuántas horas trabajes. Si eres empleado, estás cubierto desde el primer día.
Me corrieron después de que me quemé.
Es ilegal correrte por reportar una lesión. Eso puede ser un caso aparte. Márcanos.
Guías que te pueden servir
Me fregué en la chamba y no tengo papeles. ¿Puedo reclamar?
Simón. En California la compensación laboral cubre a los trabajadores sin importar su estatus migratorio.
Ponte trucha con los plazos: 2 años para un choque, 30 días para avisarle al patrón
El patrón dice que no tiene aseguranza. ¿Y ahora qué?
¿Te fregaron? Márcale al Chingón.
(949) 478-3159Órale, no lo dejes para mañana. Consulta gratis y confidencial, en español.
