Sur de California · Función todos los días
Consulta gratis
ES EN

El patrón dice que no tiene aseguranza. ¿Y ahora qué?

En California casi todos los patrones están obligados a tener aseguranza. Y si no la tienen, todavía hay salida.

La neta, en cortoEn California, todo patrón con aunque sea un trabajador tiene que tener aseguranza de compensación laboral. Si no la tiene, el estado tiene un fondo especial para cubrir a los trabajadores.

Es la ley

En California, cualquier patrón que tenga aunque sea un solo empleado tiene que tener aseguranza de compensación laboral. No importa si te paga en efectivo o si eres el único trabajador.

"Es que tú no eres empleado"

Muchos patrones dicen que eres "contratista" o "independiente" para no pagar. Pero lo que cuenta es cómo trabajas de verdad: si el patrón te dice cómo, cuándo y dónde hacer la chamba, lo más seguro es que seas empleado.

Si de veras no tiene aseguranza

El estado de California tiene un fondo para trabajadores lesionados cuyos patrones no tenían aseguranza. También se le puede reclamar directamente al patrón. Es más papeleo, pero se puede.

Qué hacer

  1. Avísale por escrito que te lastimaste, igual que siempre.
  2. Guarda pruebas de que trabajabas ahí: talones de pago, mensajes, fotos, nombres de compañeros.
  3. Márcanos. Nosotros averiguamos si tiene aseguranza y por dónde le entramos.

Esta guía es información general y no es consejo legal. Cada caso es diferente. Para saber qué aplica en tu caso, márcanos para una consulta gratis.

Ya sonó la campana

¿Te fregaron? Márcale al Chingón.

(949) 478-3159

Órale, no lo dejes para mañana. Consulta gratis y confidencial, en español.

Márcale gratis: (949) 478-3159