Abogado de Accidentes de Construcción Construcción.
Caídas de escaleras y andamios, golpes con herramienta y maquinaria pesada. La construcción es de las chambas más peligrosas, y cuando te fregas, el patrón y el contratista general se avientan la bolita.
puedes tener: la compensación laboral con tu patrón, y a veces otro reclamo contra otra compañía en la obra.
Construcción: lo que peleamos
Somos abogados de accidentes de construcción que hablan tu idioma y conocen a la raza del Sur de California. La consulta es gratis y si no ganamos, no pagas ni un centavo.
- Caídas de altura, techos y andamios
- Lesiones con maquinaria y herramienta
- Golpes por material que se cayó
- Electrocuciones
- Zanjas y derrumbes
- Espalda y rodillas por cargar
Tus derechos en California
- Atención médicaDoctor, terapias, medicinas y cirugías pagadas por la aseguranza del patrón. No por ti.
- Pagos mientras te aliviasSi el doctor dice que no puedes chambear, por lo general recibes como dos terceras partes de tu sueldo (con límites).
- Incapacidad permanenteSi te queda una lesión que no se quita, te toca un pago extra por eso.
- Ayuda para volver a chambearSi ya no puedes hacer tu trabajo de antes, puede haber un vale para estudiar o aprender otro oficio.
Qué hacer ahorita
- 1
Avísale al patrón
Por escrito y dentro de 30 días. Guarda copia o manda mensaje de texto.
- 2
Pide la forma DWC-1
Con esa se abre el reclamo de compensación laboral.
- 3
Fotos de la obra
El andamio, la escalera, la máquina. Y los nombres de tus compañeros.
- 4
Márcanos
Revisamos si hay otra compañía responsable además de tu patrón.
Preguntas de la raza
Me pagan por día y en efectivo. ¿Estoy cubierto?
Muy probablemente sí. Lo que importa es cómo trabajas, no cómo te pagan. Si el patrón te dice cómo, cuándo y dónde, lo más seguro es que seas empleado.
El patrón dice que soy "subcontratista".
Muchos patrones lo dicen para no pagar. En California hay reglas estrictas para eso. Márcanos y lo revisamos.
Guías que te pueden servir
Me fregué en la chamba y no tengo papeles. ¿Puedo reclamar?
Simón. En California la compensación laboral cubre a los trabajadores sin importar su estatus migratorio.
Ponte trucha con los plazos: 2 años para un choque, 30 días para avisarle al patrón
El patrón dice que no tiene aseguranza. ¿Y ahora qué?
¿Te fregaron? Márcale al Chingón.
(949) 478-3159Órale, no lo dejes para mañana. Consulta gratis y confidencial, en español.
